La AEPD multa a Google y a Vodafone España

Google y Vodafone sancionadas

La primera ha sido sancionada con 10 millones de euros, mientras que la segunda con 3,94 millones

El RGPD es el reglamento europeo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de los mismos.

Según la resolución del organismo español, publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y con fecha de 9 de mayo, la sanción impuesta a Google se debe al incumplimiento del artículo 6 y del artículo 17 del RGPD, en los que se regulan la licitud del tratamiento de los datos y el ‘derecho al olvido’, respectivamente.

Por su parte, Vodafone España ha sido multada con casi 4 millones de euros por infringir parte del artículo 5 del Reglamento, en el que se regulan las garantías para la confidencialidad e integridad de los datos personales.

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En virtud de la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, la Agencia Española de Protección de Datos está obligada a publicar en el BOE estas sanciones cuando afecten a personas jurídicas y su importe supere el millón de euros.

Un portavoz de Google ha trasladado a Europa Press que la compañía está revisando la decisión y seguirá interactuando con los reguladores en materia de privacidad para reevaluar las prácticas de la empresa.

«Siempre tratamos de encontrar un equilibrio entre el derecho a la privacidad y nuestra necesidad de ser transparentes y rendir cuentas sobre nuestro papel en la moderación de contenidos en línea. Ya hemos empezado a reevaluar y rediseñar nuestras prácticas de intercambio de datos con Lumen a la luz de las consideraciones de la AEPD», ha asegurado el portavoz.

Lumen es un proyecto de la Universidad de Harvard que busca ayudar a investigadores y público a comprender las solicitudes de retirada de los contenidos en línea.

FUENTE: EL COMERCIO (https://www.elcomercio.es/economia/empresas/proteccion-datos-multa-20220518131841-ntrc.html)

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